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Cofrades Ordinarios Asociados
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"Amar a Dios es complacerle, y no vale la pena preocuparse por el resto, sabiendo que Dios tendrá cuidado de nosotros más de lo que se puede decir o imaginar".
Padre Pío
Son miembros ordinarios asociados los menores de edad y todos aquellos fieles que deseen pertenecer a la Cofradía y no pueden asumir todos los fines y obligaciones de los hermanos ordinarios activos, pero se comprometen a tomar parte en los actos públicos y en algunas actividades de la Cofradía.
Los miembros ordinarios asociados de la Cofradía gozan de los siguientes derechos y obligaciones.
Derechos:
Participar con voz pero sin voto en las Asambleas Generales.
Participar en los cultos, reuniones y actividades de la Cofradía.
Asistir a las sesiones de formación organizadas por el Hermano promotor de la formación o el Consiliario.
Colaborar en las actividades caritativas y sociales que organice la Cofradía.
Usar las insignias propias de la Cofradía.
Obligaciones:
Cultivar a nivel personal y familiar la piedad cristiana y las devociones propias de la Cofradía.
Participar en la procesión (o estación de penitencia), si no lo impide una causa grave.
Los posibles cambios de asociado a activo o viceversa, que los hermanos pudieran experimentar a lo largo del tiempo, no afectarán a su antigüedad, que será siempre la fecha de admisión en la Cofradía.
Fuente: Estatutos. Título III. Arts. 12 y 15.